¿Por qué durante el partido de la noche no ves ni un anuncio de una casa de apuestas en la televisión y, un minuto después, el móvil te enseña tres? La respuesta está en la ley de publicidad de apuestas: la televisión tiene reglas propias y el resto de canales, otras.
En resumen: solo puede anunciarse un operador con licencia de la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ). En televisión y radio, su publicidad se limita al tramo entre la 01:00 y las 05:00, también durante las retransmisiones deportivas. No puede patrocinar camisetas ni dar nombre a estadios, y los pronosticadores con contrato publicitario deben publicar todos sus resultados en la plataforma de ese operador. El Tribunal Supremo anuló en 2024 parte de las reglas y una reforma sigue en preparación.
Las reglas y las cifras de este texto están comprobadas en el BOE y en la DGOJ a 4 de octubre de 2026, y cada regla va con su fecha y con lo que muestran los datos de gasto de los operadores.
¿Cuánto gastan las casas de apuestas en publicidad?
La DGOJ publica cada trimestre lo que gastan los operadores con licencia en «publicidad, promoción y patrocinio». Sumando los meses de cada año sale una serie que sirve de hilo para el resto del texto, porque permite ver qué pasó con el dinero cuando entró cada regla.
Gasto anual de los operadores con licencia, en millones de euros (cálculo propio a partir de los datos de la DGOJ, consultados el 4 de octubre de 2026):
| Periodo | Publicidad | Bonos | Afiliados | Patrocinio | Total |
|---|---|---|---|---|---|
| 2019 | 183,0 | 129,0 | 39,4 | 20,7 | 372,0 |
| 2021 | 204,6 | 195,0 | 40,9 | 20,3 | 460,8 |
| 2022 | 135,4 | 194,4 | 41,6 | 3,1 | 374,5 |
| 2025 | 244,3 | 347,5 | 60,0 | 13,1 | 664,8 |
| Primer semestre de 2026 | 153,8 | 177,1 | 37,5 | 5,6 | 374,0 |
El año 2025 es el máximo de toda la serie desde 2013, tanto en el total (664,8 millones de euros, un 25,9 % más que en 2024) como en publicidad y en bonos. El primer semestre de 2026 ya suma 374,0 millones de euros, un 13,4 % más que el mismo periodo de 2025.
La partida más grande son los bonos: 347,5 millones de euros en 2025, el 52,3 % del gasto. La DGOJ recoge además una partida propia de afiliados, con 60,0 millones de euros ese año, el 9,0 % del total. Es un dato del mercado, nada más.
Conviene leer la tabla con dos salvedades. Cuenta solo a los operadores con licencia de la DGOJ, no a las webs sin licencia ni a las salas físicas. Y mide euros, no anuncios: de ahí no se deduce cuántos ve una persona al día.
¿Quién puede anunciar apuestas en España?
Solo quien tiene permiso para hacerlo. La Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, prohíbe en su artículo 7.1 la publicidad, el patrocinio o la promoción de los operadores cuando no cuentan con la autorización para hacer publicidad que debe figurar en su título habilitante. Para saber lo que supone tener licencia, lee qué significa que una casa de apuestas tenga licencia en España.
La obligación no recae solo en el operador. El artículo 7.3 alcanza a quien difunde la publicidad (agencias, redes publicitarias, medios de comunicación, prestadores de servicios audiovisuales o de la sociedad de la información): deben comprobar que el anunciante tiene el título habilitante y abstenerse de difundirla si no lo tiene. El Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego, va en la misma línea y enumera entre sus destinatarios a los prestadores de servicios, «incluidos afiliados, páginas web y redes sociales» (artículo 2). Cuando la DGOJ pide el cese de una publicidad, el artículo 7.4 da tres días naturales para confirmarlo.
Desde el 4 de noviembre de 2022, el artículo 7 bis añade principios generales. La publicidad no puede banalizar la complejidad del juego, y entre lo prohibido hay ejemplos muy concretos: sugerir que jugar mejora las habilidades personales o el reconocimiento social, presentar el juego como algo «indispensable, prioritario o importante en la vida» o usar representaciones gráficas del dinero o de productos de lujo.
La publicidad sin título habilitante o contraria a las normas es una infracción grave según el artículo 40 d), con una multa de 100 000 a 1 000 000 de euros según el artículo 42.2 a).
¿Por qué no ves anuncios de apuestas durante los partidos en televisión?
Porque el Real Decreto 958/2020 limita las comunicaciones comerciales de los operadores en servicios audiovisuales a un único tramo: «únicamente podrán emitirse entre la 01:00 y las 05:00 horas» (artículo 18.1). Es una norma para televisión y radio, con reglas especiales para algunas modalidades (apuestas mutuas, loterías, bingo, concursos) en los artículos 20 a 22.
El artículo 19 responde a la duda más habitual: durante la retransmisión de acontecimientos deportivos, hípicos o de otro tipo competitivo rige el mismo tramo de 01:00 a 05:00. Y el 19.2 aclara que también cuenta la publicidad física, difundida o colocada en el recinto, que capte la retransmisión. Un cartel de una casa de apuestas en la banda del campo que sale en cámara es publicidad en televisión a efectos de la norma.
El real decreto entró en vigor el 5 de noviembre de 2020. Los contratos anteriores con televisiones y plataformas podían mantenerse hasta el 30 de agosto de 2021.
En los datos de la DGOJ, la publicidad pasó de 204,6 millones de euros en 2021 a 135,4 en 2022, un 33,8 % menos. Es el primer año completo tras el fin de ese periodo transitorio, el 30 de agosto de 2021; la DGOJ no dice si fue por eso. Un año después, la serie empezó a subir otra vez y en 2025 llegó a 244,3.
Patrocinio: camisetas, estadios y nombres de equipos
El artículo 12 del real decreto no prohíbe el patrocinio en general. Enumera lo que no se puede hacer. No se puede usar el nombre, la marca o la denominación comercial de un operador «para identificar a una instalación deportiva o a cualquier centro de entretenimiento», ni sumar el nombre de un operador al de un equipo o al de una competición (12.3). Y la frase clave es corta: «No será admisible el patrocinio en camisetas o equipaciones deportivas» (12.4).
La publicidad en los estadios queda sujeta a las mismas limitaciones horarias que la audiovisual (12.5). Los apartados 12.1 y 12.2 protegen a los menores: ni logotipos de operadores en actos, productos o servicios dirigidos a ellos, ni patrocinio de eventos en los que solo puedan participar menores de edad.
Los contratos firmados antes del real decreto se podían mantener hasta el 30 de agosto de 2021. El gasto en patrocinio lo refleja: 26,8 millones de euros en 2020, 20,3 en 2021 y 3,1 en 2022, un 84,7 % menos entre 2021 y 2022. En 2025 la partida subió a 13,1 millones de euros. La DGOJ no detalla de qué está hecha esa cifra, así que no se puede decir en qué consiste el aumento.
Bonos de bienvenida: qué anuló el Tribunal Supremo y qué sigue vigente
Una sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo del 2 de abril de 2024, publicada en el BOE el 25 de mayo de 2024, anuló varios artículos del real decreto: el 13.1 y el 13.3, el 15, el 23.1, el 25.3 y el 26.2 y 26.3. Otras sentencias de abril de 2024 van en el mismo sentido para artículos concretos. El BOE publica el fallo, no los motivos, así que aquí no se explican.
El artículo 13 es el de las promociones. El apartado 13.1 prohibía las promociones de captación de clientes nuevos y solo permitía ofertarlas a quien tuviera una cuenta de juego abierta desde hacía al menos 30 días y verificada con documentos; el 13.3 fijaba por qué canales podían difundirse. Desde 2024 el real decreto ya no contiene esas dos reglas. Eso no equivale a decir que todo vale, porque siguen vigentes otras del mismo artículo:
- No se pueden dirigir promociones a personas inscritas en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ), autoexcluidas o con comportamiento de juego de riesgo (13.2).
- No pueden dar una percepción «falsa o equívoca de gratuidad», incluir testimonios de beneficiarios previos, reales o figurados, ni basarse en la habilidad de la persona jugadora (13.4).
- Deben indicar el depósito mínimo, la cantidad que hay que jugar y las veces que hay que apostar, el plazo y si el dinero es retirable o «dinero en apuestas» (13.4).
¿Qué tiene que hacer el operador, entonces? Contarlo en el propio anuncio, y tú puedes exigirlo. El requisito de apuesta es cuántas veces hay que apostar el importe del bono antes de poder retirar nada, y el «dinero en apuestas» es el que solo sirve para apostar, no para sacarlo de la cuenta.
En el gasto, los bonos pasaron de 199,3 millones de euros en 2023 a 261,6 en 2024 y 347,5 en 2025. Es un aumento del 74,4 % entre 2023 y 2025 que coincide con la anulación del artículo 13.1, sin que los datos permitan atribuirlo a esa causa.
Un detalle que conviene tener presente al leer una promoción: los premios de las apuestas también tienen su tratamiento fiscal. Está explicado en cómo tributan las ganancias de las apuestas.
Famosos, influencers y redes sociales
El artículo 15 del real decreto prohibía que personas de relevancia o notoriedad pública aparecieran en la publicidad de operadores. El Tribunal Supremo lo anuló entero en la sentencia del 2 de abril de 2024. Desde entonces, el real decreto ya no contiene esa prohibición, aunque siguen aplicándose los principios del artículo 7 bis y la protección de los menores del artículo 11.
En las redes sociales, el artículo 26.1 permite la publicidad de operadores solo en plataformas que cuenten con instrumentos para evitar que se dirija a menores, con herramientas para que cada usuario pueda bloquear u ocultar esos anuncios y con segmentación de público. Los apartados 26.2 y 26.3 fueron anulados en 2024, igual que el 25.3 para las plataformas de vídeo.
Al margen de la ley está la autorregulación. Según la DGOJ, el código de conducta del sector no admite publicidad que utilice o incluya menores ni que esté protagonizada por menores de 25 años. Es una norma del sector, no un artículo del real decreto.
Las redes, los directos y los videojuegos tienen reglas específicas. Sobre ese terreno hay otro texto: qué dice la ley sobre las apuestas en esports.
Pronosticadores: qué exige la ley a los tipsters
El real decreto define a la persona pronosticadora de apuestas como la persona física o jurídica «que realiza y publica pronósticos sobre eventos deportivos, hípicos o de cualquier otra naturaleza» (artículo 3 l). Su publicidad se regula en el artículo 27, en vigor desde el 1 de mayo de 2021, y es más específico de lo que parece a primera vista.
No obliga a todos los tipsters a publicar todos sus resultados. Lo que dice el 27.1 es que un operador solo puede firmar un acuerdo publicitario con un pronosticador que se comprometa a publicar de forma íntegra, en sus canales, cuentas o páginas, todos los resultados obtenidos en la plataforma de ese operador sobre los eventos que pronostica.
Hay dos reglas más. El 27.2 impide esos acuerdos con personas que hayan alcanzado notoriedad por una actividad distinta de pronosticar. Y el 27.3 obliga al operador, si se incumple el 27.1, a resolver el contrato y a no firmar otro con esa persona durante tres años.
La exigencia afecta, por tanto, a un tipster que tiene un contrato publicitario con un operador con licencia, y solo a los resultados obtenidos en la plataforma de ese operador. No dice nada de quien pronostica sin contrato.
Menores y jóvenes: lo que la publicidad no puede hacer
El artículo 11 del real decreto, vigente en su totalidad, prohíbe la publicidad dirigida directa o indirectamente a menores de edad. Entre los supuestos prohibidos están los anuncios «racional y objetivamente aptos para atraer la atención o el interés particular» de menores, incluidas las mascotas de marca o sintonías (b), los que usan su imagen (d), los que presentan el juego como «una señal de madurez» (e) y los que se refieren a apuestas sobre eventos en los que solo pueden participar menores de edad (j). La publicidad debe llevar además un aviso del tipo «menores no» o «+18» (11.3).
La letra j) conecta con el artículo 12, que impide el patrocinio de eventos reservados a menores. En los vestuarios del fútbol base, las apuestas se comentan como una parte más del partido, y por eso la norma mantiene la publicidad de apuestas fuera de las competiciones de menores.
Si te preocupa cómo te afecta el juego a ti o a alguien cercano, la Federación Española de Jugadores de Azar Rehabilitados (FEJAR) atiende en el 900 200 225, un teléfono gratuito. Lo que puedes hacer hoy es llamar o entrar en fejar.org; no hace falta estar seguro de que haya un problema.
¿Qué va a cambiar? La reforma de la Ley del Juego
El 18 de mayo de 2026, la DGOJ abrió una consulta pública sobre la modificación de la Ley de regulación del juego, abierta hasta el 22 de junio de 2026. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 quiere regular la presencia de famosos o influencers en la publicidad de juego, las promociones de captación de clientes y la publicidad orgánica en los buscadores. También ha anunciado un aviso en la publicidad con el mismo formato que el de las cajetillas de tabaco, con datos como que «la probabilidad de ser un jugador que pierde dinero es del 75 %». Esa cifra es el contenido del aviso anunciado; la DGOJ no indica de qué estudio sale.
A 4 de octubre de 2026, la reforma sigue en preparación y no se ha publicado un texto aprobado por el Gobierno. Por eso nada de lo anterior ha cambiado: lo que has leído en este texto es lo que rige hoy.
¿Qué puedes hacer si un anuncio te parece ilegal?
Según la DGOJ, cualquier persona puede presentar una reclamación ante el Jurado de la Publicidad de Autocontrol, gratis para particulares, y comunicarlo a la propia DGOJ. Si el anuncio es de televisión o radio, la DGOJ traslada el asunto a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
Antes de reclamar, comprueba lo más básico: si quien anuncia tiene licencia. Puedes seguir los pasos de cómo comprobar la licencia de una casa de apuestas.
Los datos de vigilancia dan una idea de la escala. La DGOJ inició 45 expedientes por infracción del artículo 40 d) (publicidad contraria a la norma) entre 2019 y 2024, 28 de ellos en 2022. En 2024, Autocontrol examinó 807 anuncios antes de su difusión. Son expedientes iniciados, no sanciones impuestas.
La publicidad no ha desaparecido: el gasto sigue creciendo
La televisión tiene una noche para la publicidad de apuestas y las camisetas ya no la llevan, pero el gasto de los operadores sigue creciendo y más de la mitad va a bonos. La ley de publicidad de apuestas cambia por partes: unas reglas siguen, otras las anuló el Supremo y otras se preparan.
Este texto explica qué dice la norma y dónde está comprobado (a 4 de octubre de 2026). No es asesoramiento jurídico ni sustituye la atención sanitaria. Si te preocupa tu forma de apostar o la de alguien cercano, FEJAR responde en el 900 200 225, un teléfono gratuito.